¡Celebra tu Matrimonio con Apoyo del IMSS!

El matrimonio es uno de los momentos más significativos en la vida de una pareja, y en el IMSS existe una ayuda económica que puede ser de gran apoyo para cubrir algunos de los gastos de tu boda. A continuación, te explicamos qué cubre esta prestación y cómo puedes acceder a ella.

¿Quiénes tienes acceso a este apoyo económica del IMSS?

Este apoyo económico está disponible para todos los derechohabientes del IMSS, sin importar la etapa de su vida en pareja en la que se encuentren. Además, es un beneficio al que se puede recurrir en cualquier momento tras la celebración del matrimonio.

La ayuda se otorga para cubrir ciertos gastos derivados del matrimonio, y su monto se calcula tomando en cuenta el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en la fecha en que se celebra el matrimonio civil, multiplicado por 30 días.

¿En qué consiste este programa del IMSS?

Es una prestación económica única que se otorga a los asegurados que contraen matrimonio civil. Este beneficio se financia con los recursos de la cuenta individual del asegurado, y su monto se calcula tomando en cuenta el valor diario de la UMA vigente en la fecha de la ceremonia civil, por un periodo de 30 días.

Requisitos para solicitar este apoyo:

  1. Tener al menos 150 semanas cotizadas ante el IMSS en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha de la celebración del matrimonio.
  2. No haber solicitado este apoyo previamente.
  3. En caso de que el asegurado haya registrado a un cónyuge como beneficiario anteriormente, deberá acreditar la disolución del vínculo matrimonial o el fallecimiento de ese cónyuge.
  4. Ninguno de los dos cónyuges (ni el solicitante ni el cónyuge con quien contrae matrimonio) debe haber sido registrado previamente en el IMSS bajo esta calidad.
  5. Estar vigente como asegurado. Si el asegurado dejó de pertenecer al Régimen Obligatorio, puede solicitar la ayuda siempre y cuando el matrimonio se celebre dentro de los 90 días hábiles siguientes a su baja.
  6. El matrimonio civil debe haberse celebrado después del 30 de junio de 1997.

Documentos requeridos para la solicitud:

  • Identificación oficial con fotografía y firma.
  • Documento o medio de identificación emitido por el IMSS, INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado.
  • CURP (Clave Única de Registro de Población).
  • Estado de cuenta o impresión obtenida de la página web de la AFORE que administre la cuenta individual del asegurado.
  • Copia certificada del Acta de Matrimonio.

Este programa ofrece una excelente oportunidad para aliviar algunos de los gastos que surgen al formalizar una unión, por lo que si cumples con los requisitos, no dudes en solicitar esta ayuda.